COLESTEROL
EN LA INFANCIA
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Dr.
Moráis López, R.A. Lama More, J. Dalmau Serra Comité de Nutrición de la AEP An.
Pediatr 2009;70(5): 488-496
Como ya conocen por
los consejos de sus médicos, revistas y periódicos LA HIPERCOLESTEROLEMIA se asocia a un
aumento del riesgo de ENFERMEDAD CARDIOVASCULAR.
Unos valores del
colesterol total y de colesterol de las lipoproteína de baja densidad (cLDL) superiores
al percentil 95 para la edad y sexo son los que nos han de preocupar y valorar si
instaurar tratamiento.
El trabajo de estos
doctores es muy extenso y posiblemente lo puedan ver en www.elsevier.es/anpediatr
Yo me limitaré a
poner en mi página aquello que entiendo pueda serles útil.
TRATAMIENTO
v NO
FARMACOLOGICO:
ü Incluye
tratamiento dietético, actividad física adecuada y estilos de vida saludables.
v FARMACOLOGICO:
ü Si
tras un tratamiento dietético correcto se mantienen valores muy elevados de cLDL o
moderadamente elevados junto con otros factores de riesgo cardiovascular, se recomienda el
tratamiento farmacológico a partir de los 10 años.
ü Indican
en este trabajo que si los valores de cLDL están
extremadamente elevados (>500 mg/dl) debe considerarse adelantar el inicio del
tratamiento farmacológico a los 8 años. NOTA: son cifras que se
ven en contadas ocasiones.
ü Este
tratamiento lo ha de valorar y establecer su pediatra.
Por
lo cual aquí NO se hablará de el. El médico ya les indicará lo más apropiado para los
datos que aparezcan en los análisis y teniendo en cuenta los antecedentes familiares.
CIFRAS
DE CORTE PARA EL COLESTEROL TOTAL (CT) y el cLDL
CT (mg/dl) cLDL (mg/dl)
Aceptable
(<P75)
<170
<110
Límite (P75-95)
170
- 199
110 - 129
Elevado (<P95)
> ó =
200
> ó = 130
INDICAC
IONES DE ESTUDIO Y TRATAMIENTO
Se recomienda el
CRIBADO SELECTIVO en niños y adolescentes en las siguientes situaciones:
Ø Cuando
haya una historia familiar de enfermedad cardiovascular precoz (en progenitores o abuelos
a, edades iguales o menores de de 55 años). Este concepto incluye infarto de miocardio,
angina de pecho, enfermedad vascular periférica, enfermedad vascular cerebral y muerte
súbita de causa cardíaca.
Ø También
se considera historia familiar positiva si a los padres o abuelos a edades iguales o
menores de 55 años, se les hubiera realizado arteriografía coronaria diagnóstica y se
les encontrara arteriosclerosis coronaria o en caso de habérseles realizado angioplastia
con balón o bypass coronario.
Ø Cuando
al menos uno de los progenitores presente valores CT iguales o superiores a 240 mg/dl en
el contexto de un control de salud sistemático.
Ø Niños
con sobre peso y obesidad, ya que el sobrepeso infantil se ha mostrado como el mejor
marcador independiente de dislipemia en la edad adulta, después de los valores de cLDL.
En el caso de coexistir sobrepeso y obesidad con dislipemia, debe realizarse cribado de
otros componentes del síndrome metabólico, como resistencia a la insulina, diabetes tipo
2, hipertensión o adiposidad de predominio central.
Ø Opcionalmente,
en niños que presentan otros factores de riesgo, como tabaquismo, hipertensión,
seguimiento de dietas con alto contenido en grasa, diabetes
o estilo de vida sedentario.
Ø En
la historia clínica de atención primaria del niño conviene revisar estos antecedentes
familiares y personales anualmente.
Ø El
tipo de parámetro para valorar el cribado varía según criterio por el que se decida
realizarlo.
Ø Si
el criterio es el hallazgo en un progenitor de un valor de de CT igual o superior a 24º
mg/dl, debe realizarse inicialmente una determinación de CT.
Ø Si
los valores de CT en el niño se encuentran por encima de 200 mg/dl, se debe realizar
análisis de lipoproteínas en ayunas.
Si
es posible, la primera determinación debe realizarse entre los 2 y 10 años de edad.
La
recogida de información de los antecedentes familiares debe ser específica y rigurosa.
¿A
QUIÉN SE DEBE TRATAR?
Todo el conjunto de
población infantil y juvenil debe recibir educación acerca de los hábitos de ingesta y
estilo de vida saludables que contribuyan al control de los lípidos plasmáticos, y en
definitiva, la prevención cardiovascular.
No obstante si las
cifras de cDLD son elevadas de acuerdo con las cifras que se han citado, deben recibir una
atención especial.
RECUERDEN
QUE LOS MEDICOS, SOLO LOS MEDICOS,
PUEDEN
Y DEBEN SER ELLOS LOS QUE VALOREN SI ES
NECESARIO
EL TRATAMIENTO FARMACOLOGICO Y CUAL HA DE SER ESTE
Pero han de tener
presente que solo una pequeña proporción de pacientes será finalmente candidata a este
tratamiento. Por lo que su hijo aunque ha de estudiarse si está incluido en los casos
mencionados, pero no tiene porque recibir medicamentos y puede solucionar su problema con
una vida saludable.
Caso de no ser así su
pediatra indicará cuando y como actuar. Pero a no ser casos muy especiales no
será nunca antes de los 10 años.
Le harán un
seguimiento que marcará la pauta a seguir.